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Trámites

Nacionalidad española

Cómo conseguirla

Residir en España con un permiso de residencia ofrece grandes oportunidades para muchos extranjeros. No obstante, tiene sus inconvenientes, como la necesidad de renovar cada dos años y la limitación de trabajar en otros países de la UE. Aquí es donde la ciudadanía española se convierte en la solución.

Nacionalidad por Residencia

Nacionalidad por residencia

La nacionalidad española te brinda la libertad de vivir y trabajar en cualquier país de la Unión Europea, te otorga el derecho al voto y, lo más crucial, te permite residir indefinidamente en España.

Conseguir la nacionalidad española por residencia implica obtener la ciudadanía española como resultado de haber residido legalmente en España durante un período de tiempo específico.

La norma general establece que cualquier extranjero que haya residido de manera continua en España con un permiso de residencia durante 10 años puede optar por la nacionalidad española por residencia.

No obstante, existen excepciones que permiten un proceso más rápido en ciertos casos:

  • Residencia legal, continuada y anterior a la solicitud de nacionalidad en España por un periodo de 5 años en el caso de ser legalmente refugiado.
  • Residencia legal, continuada y anterior a la solicitud de nacionalidad en España por un periodo de 2 años en el caso de ser nacional de un país iberoamericano o sefardí, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial o Portugal.
  • Haber nacido en el país y no haber optado en su momento a obtener la nacionalidad, en caso de haber estado sujeto legalmente a tutela, guarda o acogimiento de un ciudadano o institución española durante 2 años.
  • Llevar casado al menos 1 año o en convivencia con un/a español/a sin separación en el momento de la solicitud.
  • Ser viudo/a de ciudadano español/a sin haber estado separado a la muerte del cónyuge.
  • Haber nacido fuera del país y habiendo sido originariamente el padre o madre, abuelo o abuela, españoles.

Estas excepciones ofrecen vías más rápidas para obtener la ciudadanía, proporcionando una variedad de opciones basadas en circunstancias específicas.

Nacionalidad por Opción

Nacionalidad por Opción

Si tus padres eran españoles de origen, también tienes la posibilidad de obtener la ciudadanía española, siempre y cuando cumplas con los requisitos establecidos. En este caso, deberás ser menor de 18 años para poder optar a la solicitud.

También tendrán derecho a adquirir la Nacionalidad Española por esta vía:

  • Aquellas Personas que estén o hayan estado sujetos a la Patria Potestad de un español.
  • Aquellas Personas cuya determinación de la filiación (la determinación de la filiación significa establecer quiénes son los Padres de una Persona) o nacimiento en España se produzca después de los dieciocho años de edad. En este supuesto, el plazo para optar a la Nacionalidad es de dos años desde que se determina la filiación o el nacimiento.
  • Aquellas Personas cuya adopción por españoles se produzca después de los dieciocho años de edad. En este caso el derecho a optar existe hasta que transcurra el plazo de dos años a partir de la constitución de la adopción.

Nacionalidad por la Ley 20/2022 de Memoria Democrática

Nacionalidad por la Ley 20/2022 de Memoria Democrática

La Ley 20/2022 de Memoria Democrática en España, aprobada en 2022, incluye disposiciones que facilitan la adquisición de la nacionalidad española para ciertos grupos de personas.

  • Los nacidos fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela sean o hayan sido originariamente españoles.
  • Los nacidos fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela hubiesen perdido o renunciado a la nacionalidad española por causa del exilio.
  • Los nacidos fuera de España de mujeres españolas que perdieron su nacionalidad española por casarse con un ciudadano extranjero antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
  • Los hijos e hijas de quienes optaron a la nacionalidad española en virtud de la Ley de la Memoria Histórica 52/2007 o en virtud de esta Ley 20/2022.
  • Las personas que, siendo hijos/as de padre o madre originariamente español puedan volverse de origen habiendo obtenido la nacionalidad a través del art. 20.1 a) y 20.1.b de C.c.

“Nacionalidad por Posesión de Estado”

Facilitamos el proceso para su obtención

Tendrá Derecho a la Nacionalidad Española aquella Persona que haya Poseído y Utilizado esta Nacionalidad durante diez años, de forma continuada, de buena fe (sin que tenga conocimiento de la situación real, es decir, de que no es español en realidad), en base a un Título inscrito en el Registro Civil. La Nacionalidad Española no se perderá aunque se anule el Título inscrito en el Registro Civil. El Interesado debe haber mantenido una actitud activa en dicha Posesión y Utilización de la Nacionalidad Española, esto significa que deberá haberse comportado teniéndose a sí mismo por español, tanto en el disfrute de sus derechos como en el cumplimiento de sus deberes en relación con Órganos del Estado español.

Nacionalidad por Carta de Naturaleza

La concesión de la nacionalidad por parte del Gobierno se realiza a través de un Real Decreto, aplicado de manera discrecional. En este proceso, el solicitante tiene la responsabilidad de probar la existencia de circunstancias excepcionales que ameriten la concesión de la nacionalidad. Estas circunstancias excepcionales son evaluadas de forma individual y no se rigen por los criterios estándar del procedimiento administrativo. Los fundamentos para estas solicitudes pueden ser variados, incluyendo aspectos culturales, deportivos, científicos, de solidaridad, entre otros.

Nacionalidad por Simple Presunción

La Nacionalidad Española por Simple Presunción es un mecanismo legal que otorga la ciudadanía automáticamente a niños nacidos en España de padres extranjeros que residen en el país.
Los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de Nacionalidad (Apátridas), o si la Legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una Nacionalidad. En este caso puede realizarse un Expediente en el Registro Civil de su domicilio para declarar la Nacionalidad Española con valor de simple presunción.

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Nuestro compromiso es brindarte la máxima seguridad y tranquilidad. Por ello, nuestro equipo estará en constante comunicación contigo, dispuesto a resolver todas tus dudas y acompañarte en cada momento del proceso.

"Comprendemos a la perfección tu situación"

Nosotros también fuimos como tú. Nos adaptamos a tus necesidades específicas, asegurándonos de ofrecerte un servicio personalizado y atento.

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Gestionamos y preparamos meticulosamente toda la documentación necesaria, enviando tu solicitud con el objetivo de obtener una respuesta favorable.

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